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Alameda (subdelegación)

De la Enciclopedia Colchagüina
Alameda
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Curicó
 • Departamento Curicó
Subdivisiones Distritos:

Alameda fue una de las subdelegaciones urbanas que integró el departamento de Curicó, en la provincia de Curicó.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 24 de septiembre de 1874, del presidente Federico Errázuriz Zañartu.

Historia

El presidente Federico Errázuriz Zañartu dictó el 24 de septiembre de 1874 un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del departamento de Curicó, propuesto por el intendente, determinando la creación de esta subdelegación. La nueva subdelegación urbana N.° 3 de Alameda tuvo dos distritos: 1.° Bella-Vista y San Francisco. Los límites de la nueva subdelegación fueron:[1]

Límites: Oriente, antiguo camino de la frontera desde Rauquén al sur, continuando por el camino del Pino hasta llegar al estero Guaiquillo; sur, el citado estero; poniente, el límite oriental de la subdelegación 2.a y la línea férrea; norte, callejón que separa los fundos denominados Granja y Boldo, prolongado por el poniente hasta la citada línea, y por el oriente el hasta el crucero de caminos de Rauquén.

Al segregarse parte del territorio del departamento de Curicó para conformar el departamento de Santa Cruz en 1904, el 1 de noviembre de 1905 se fijó el número de orden de las subdelegaciones del primer departamento, manteniendo Alameda el número 3 de las subdelegaciones urbanas.[2]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[3]

Referencias

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