Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla
Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla

Bucalemu (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
Bucalemu
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua (1847-1865)
Curicó (desde 1865)
 • Departamento Curicó (1847-1865)
Vichuquén (desde 1865)
 • Subdelegación Paredones

Bucalemu fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Paredones, en los antiguos departamentos de Curicó y Vichuquén.

Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847. Fue suprimido en enero de 1887 y restaurado en noviembre del mismo año.

Historia

Primera etapa (1847-1887)

El distrito ocupó el número 2.° de la subdelegación de Paredones, Curicó.[1] Sus límites fueron inicialmente los siguientes:

Lo limita al N. el estero que desemboca en Bucalemu hasta la ribera del mar; al S. el estero de Las Garzas; al E. el Mogote-Verde; y al P. el mar.

Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847.[1]

El territorio del departamento de Curicó que comprendía las subdelegaciones 10.° a 16.° (Quiahue, Pumanque, Paredones, Llico, Vichuquén, Patacón y Peralillo) fue segregado para establecer el departamento de Vichuquén en 1865, quedando comprendido este distrito en la transferencia.

Más adelante, el presidente José Manuel Balmaceda fijó una nueva división del departamento en subdelegaciones y distritos por decreto del 31 de enero de 1887. Este distrito fue suprimido.[2]

Segunda etapa (desde 1887)

La división del departamento no fue definitiva, ya que el 15 de noviembre de 1887 sufrió grandes modificaciones. En esa fecha el mandatario Balmaceda aprobó la subdivisión administrativa del departamento de Vichuquén propuesta por la Municipalidad Departamental de Vichuquén, estableciendo once subdelegaciones, entre ellas la 3.° Paredones, restaurando al 2.° distrito de Bucalemu. Los límites fijados por el decreto de Balmaceda fueron los siguientes:[3]

Límites: al norte, la laguna de Bucalemu y el riachuelo de Paredones hasta Las Cruces; al sur, la laguna Boyeruca y el estero de Las Garzas hasta la punta del Peral; al este, el límite de San Francisco de La Palma con Panilongo y el cordón del Peral; y al oeste, el mar, desde la embocadura de la laguna de Boyeruca hasta la de la de Bucalemu.

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]

Referencias

El acceso a las notas y referencias está restringido a usuarios registrados.