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El Rincón (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
El Rincón
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
 • Subdelegación Requínoa

El Rincón (también conocido como Rincón) fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Requínoa, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

El distrito, que ocupó el número 2.° de la subdelegación de Requínoa, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al norte, por río Seco; al sur, por la línea divisoria de las hijuelas de Los Perales y El Abra; al oriente, por el camino público del sur; y al poniente por los límites señalados a la subdelegación.

Por decreto de 16 de septiembre de 1864, se dividió el 2.° distrito de El Rincón, creando el nuevo 2.° distrito de Perales. La precedencia de los distritos fue: 1.° La Requínoa, 2.° Perales, 3.° El Rincón, 4.° Cauquenes. El decreto señaló que el nuevo límite oriental del distrito sería "la línea divisoria entre los fundos mencionados [las hijuelas de Adolfo Eastman, la denominada Perales, las cinco en que se dividía la hacienda de Pedro Valdés y la hijuela de Gabriel Jordán] y sus colindantes que están situados en el lugar del Rincón del Olivar desde el río Seco hasta el camino del Abra, siguiendo la dirección de este hasta llegar al límite sur de la subdelegación". Sobre los otros límites, se mantuvieron los mismos fijados anteriormente[1]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[2]

Referencias

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