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Malloa (subdelegación)

De la Enciclopedia Colchagüina
Malloa
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
Subdivisiones Distritos: Tres (1846)
Tres (1863)

Malloa fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes. Más adelante sufrió modificaciones estipuladas por el decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez

Historia

La subdelegación, que ocupó el número 8.° del Caupolicán, fue creada por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al oriente, por el departamento de S. Fernando, el cordón de cerros denominados de D. Joaquín Valenzuela; al poniente, la subdelegación de Pencagüe; al sur, por el departamento de S. Fernando, las angosturas de Regüelemu y Malloa y el cordón de cerros que hay entre una y otra; y al norte, las subdelegaciones de Rengo y Panquegüe, desde el portezuelo de Pelequén siguiendo el cordón de cerros que pasa por la piedra agujereada en dirección a la puntilla de San Pedro por el camino que sirve de comunicación a ambos puntos.

El decreto de 1846 le asigna tres distritos pero no los nombra ni delimita.[1] El territorio de Malloa fue modificado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, consignándole como nuevos límites:

Al oriente, el departamento de San Fernando, el cordón de cerros denominados de don Joaquín Valenzuela; al poniente, la subdelegación de Taguatagua; al sur, el departamento de San Fernando, las angosturas de Regüelemu y Malloa y el cordón de cerros que hay entre una y otra; y al norte, las subdelegaciones de Rengo, La Isla y Panquegüe, desde el portezuelo de Pelequén, tomando el cordón de cerros hasta llegar a la Piedra Agujereada, siguiendo línea recta hasta tomar el camino principal de Panquegüe, y continuando la dirección de éste hasta la puntilla de San Pedro.

El decreto de 1863 le asigna tres distritos: Malloa, Atajo y Pelequén.[2]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[3]

Referencias

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