Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla
Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla

Paredones de Auquinco (subdelegación)

De la Enciclopedia Colchagüina
Paredones de Auquinco
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Curicó
 • Departamento Curicó (1874-1904)
Santa Cruz (desde 1904)
Subdivisiones Distritos:

Paredones de Auquinco o Auquinco fue una de las subdelegaciones que integró los departamentos de Curicó y Santa Cruz.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 24 de septiembre de 1874, del presidente Federico Errázuriz Zañartu.

Historia

El presidente Federico Errázuriz Zañartu dictó el 24 de septiembre de 1874 un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del departamento de Curicó, propuesto por el intendente, determinando la creación de esta subdelegación. La nueva subdelegación rural N.° 8 de Paredones de Auquinco fue dividida en tres distritos: 1.° Paredones, 2.° Auquinco y 3.° Boldomáhuida. Los límites de la nueva subdelegación fueron:[1]

Límites: Norte, estero Chimbarongo; oriente, el cordón de cerros del Quelmén hasta llegar al expresado estero; sur, la cima de los cerros del Quelmen y Guanaco; poniente, una línea que parte de la punta de cerro de La Cabrería, toma el callejón de los Culenes y Boldomáhuida y continúa por el camino público hasta enfrentar a la Punta de Farías, siguiendo la línea divisoria del potrero de Las Zorras con propiedad de la sucesión de don Pedro Nolasco Torrealba.

La ley 1.663 del 30 de julio de 1904 creó el departamento de Santa Cruz, incorporando el territorio de esta subdelegación.[2] Por decreto del presidente Germán Riesco, dictado el 1 de noviembre de 1905, se fijó el número de orden de las subdelegaciones del departamento, señalando a Auquinco —como se le señala en el documento— como su 4.° subdelegación.[3]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]

Referencias

El acceso a las notas y referencias está restringido a usuarios registrados.