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Pichilemu (subdelegación)

De la Enciclopedia Colchagüina
(Redirigido desde «Subdelegación de Pichilemu»)
Pichilemu
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Santa Cruz (1928-1973)
Cardenal Caro (desde 1973)
Subdivisiones Distritos: Seis

Pichilemu fue una de las subdelegaciones que integró los antiguos departamentos de Santa Cruz y Cardenal Caro, provincia de Colchagua.

Fue creado por la fusión de las antiguas subdelegaciones de Cáhuil y Cocauquén, del departamento de San Fernando, al ser reformada la división político-administrativa en 1928 durante la dictadura de Carlos Ibáñez del Campo, pasando a conformar la nueva comuna-subdelegación de Pichilemu, que existió hasta la derogación de la Constitución de 1925.

Historia

La Constitución Política de la República de 1925 estableció en su artículo 93 que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esta norma no entró plenamente en vigencia hasta el 1 de febrero de 1928 con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de 1927, que alteró la división político-administrativa del país. De esta forma, la subdelegación de Pichilemu fue integrada por las antiguas subdelegaciones de Cáhuil y Cocauquén, del departamento de San Fernando.[1]

La comuna-subdelegación de Pichilemu recibió límites y distritos el 4 de mayo de 1934. Estos últimos fueron: 1.° Pichilemu, 2.° San Antonio de Petrel, 3.° Cardonal, 4.° Garzas, 5.° San Miguel de Las Palmas, 6.° Rodeillo.[2]

La subdelegación fue suprimida por la Constitución de 1980.

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[3]

Referencias

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