Diferencia entre revisiones de «Guañuñe (distrito)»
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{{cita|Lo limita al N. el estero Chequenlemillo y deslinde del Zapallar con el rincón de los Cardos; al S. el cerrito llamado Capellanía; al E. Chequenlemo; y al P. el río Lontué, camino público del sur y parte de la hacienda de la Obra.}} | {{cita|Lo limita al N. el estero Chequenlemillo y deslinde del Zapallar con el rincón de los Cardos; al S. el cerrito llamado Capellanía; al E. Chequenlemo; y al P. el río Lontué, camino público del sur y parte de la hacienda de la Obra.}} |
Revisión del 20:25 17 ene 2023
Guañuñe | |
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Distrito | |
Entidad | Distrito |
• País | Chile |
• Provincia |
Colchagua (1847-1865) Curicó (desde 1865) |
• Departamento | Curicó |
• Subdelegación | Chequenlemu |
Guañuñe fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Chequenlemu, en el antiguo departamento de Curicó.
Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847. Fue suprimido el 24 de septiembre de 1874, durante la presidencia de Federico Errázuriz Echaurren.
Historia
El distrito ocupó el número 4.° de la subdelegación de Chequenlemu, Curicó.[1] Sus límites fueron inicialmente los siguientes:
Lo limita al N. el estero Chequenlemillo y deslinde del Zapallar con el rincón de los Cardos; al S. el cerrito llamado Capellanía; al E. Chequenlemo; y al P. el río Lontué, camino público del sur y parte de la hacienda de la Obra.
Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847.[1]
El presidente Federico Errázuriz Echaurren dictó el 24 de septiembre de 1874 un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del departamento de Curicó, propuesto por el intendente, determinando la supresión de la subdelegación y, por consiguiente, del distrito.[2]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[3]
Referencias
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